sábado, 1 de septiembre de 2018

Las tablas salariales Por: Fernando Eleazar Hernández

 

Es recurrente en estos días leer acerca de los tabuladores salariales y los contratos colectivos, y con razón, son documentos que en muchos casos costaron años de luchas, sudor y sangre de nuestros antecesores. Y es que el Plan de Recuperación y Prosperidad Económica (PRyPE), está moviendo las estructuras económicas del país y por tanto los contratos colectivos y tablas salariales también han de ser modificadas y ser referidas a la nueva unidad contable "Petro", que a su vez tiene referencia al barril de petróleo venezolano y este al dólar estadounidense, principalmente.
No voy a referenciar nuestros sueldos y salarios a otras economías vecinas, ya que cada cual tiene sus particularidades concretas. Tampoco haré referencias en cuanto a la magnitud diferencial de las escalas salariales en otros países, que como dije cada cual tiene su realidad concreta. Entonces los invito a hacer un ejercicio de cálculos basados en los mismos números oficiales del Estado, previa puesta en marcha del PRyPE y posterior a este. Considero que tener como referencia la tasa DICOM daría un escenario bastante sensato y además oficial, la última subasta DICOM antes del PRyPE fue la número CS-SO-026-18 adjudicando dolares estadounidenses a 248.832 BsF, para efectos didácticos redondearemos a 250.000 BsF. El salario mínimo era de 3.000.000 BsF que traducido a dólares sería de 12 dólares. Todo esto de manera oficial que según convenio cambiario que rige las subastas DICOM las empresas adjudicadas deben basar sus estructuras de costos a dólar DICOM.
Con la puesta en marcha del Plan de Recuperación y Prosperidad Económica, entra en el escenario económico el Petro (PTR) como unidad de cuentas, con una tasa fijada en 60 dólares. El salario mínimo es fijado en 1.800 BsS o su equivalente a 0,5 PTR. La subasta DICOM CS-SO-027-18 (primera ocurrida en inicio del PRyPE) se adjudicó dólares a una tasa de 60,27 BsS/$, que para efectos didácticos redondearemos a 60 BsS/$. El salario mínimo queda fijado y referido a cambio de 30 dólares. Ocurrieron dos cosas: consideración del mercado interno de la tasa bolívar soberano por dólar pasa de 2,5 BsS a 60 BsS y el salario tiene una valorización al pasar de 12 a 30 dólares, eso sería una razón de 60%.
Que hacer con nuestros contratos colectivos o tabla salariales, hacia dónde dirigir la lucha y cuál es la viabilidad de las clausulas económicas. La lucha obrera ya que pongo en duda la sindical, debe orientarse a no perder los beneficios contractuales que hasta los momentos se han obtenido, que pongamos delante el esfuerzo y sacrificio de nuestros antecesores, y que sigamos los trabajadores público y privado a partir de ahí a "petrolizar" los contratos colectivos y tablas salariales. De la viabilidad el patrono tanto gobierno como privado hará las consideraciones del caso, pero al poner un Plan o Programa en marcha esas variables tan sensibles no pueden quedar sin consideración presupuestaria, ya que se estaría incurriendo en una gran irresponsabilidad y desmejorar las condiciones materiales de los trabajadores es ir contra la ley en el terreno legal y una amoralidad para un gobierno Revolucionario que vindica las relaciones de los trabajadores.
Como ejemplo práctico para ud amigo asalariado basado en los cálculos antes hecho. Un profesor universitario dedicación exclusiva instructor, tiempo completo tenía un sueldo base de 27.803.347 BsF que a tasa DICOM CS-SO-026-18, se traduce en 111,74 dólares (27.803.347/250.000), después de los ajustes económicos en el mercado interno con la tasa DICOM CS-SO-027-18, el sueldo de este profesor se traduce en 6734,3 BsS (111,74*60), pero como además hay una valoración en los sueldos y salarios a razón de 60% este profesor para no ser desmejorado el salario a devengar se ubicará en 16835,73 BsS (6734,3/0,40) es decir, serían 4,676591 PTR, esa magnitud diferencial de las escalas salariales es la que se ha venido manejando tradicionalmente con el gobierno del presidente Maduro, cada vez que hay un aumento en el salario mínimo a esa misma razón se mueven las tablas salariales de todos los sectores, entonces en esta oportunidad no tiene por que ser diferente.
Ahora ud trabajador puede hacer sus cálculos que perfectamente aplique y que como me referí anteriormente no he usado otros datos que no sean ofrecido y autorizados por el Estado en sus páginas oficiales. Desde mi punto de vista partiendo de esta forma de cálculo que sigan las discusiones contractuales por la vindicación del trabajo. En otra entrega opinaré si estos salarios alcanzan para adquirir bienes y servicios, que junto al salario integral son las discusiones que se deben llevar a nuestros patronos.
fernandoeh14@yahoo.es

Fuente: |https://www.aporrea.org/economia/a268646.html

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